Bautismo

¿Qué es el sacramento del bautismo?

El sacramento del bautismo es uno de los sacramentos de la iniciación cristiana, junto con la confirmación y la Eucaristía, y es conferido únicamente por un sacerdote, obispo o diácono válidamente ordenado. Este sacramento se trata de manera específica en el artículo 1 de la segunda sección del Catecismo de la Iglesia Católica que aborda los siete sacramentos (números 1213 a 1284).

A continuación, te invitamos a descubrir las principales preguntas y respuestas sobre este sacramento.

¿Cómo se llama este sacramento?

El sacramento del Bautismo tiene muchos nombres.

En primer lugar, tenemos, por supuesto, el bautismo, que proviene del verbo bautizar, que significa sumergir o inmersión (nº 1214). Este sacramento también se conoce como baño de regeneración y renovación en el Espíritu Santo, porque "porque significa y realiza ese nacimiento del agua y del Espíritu sin el cual "nadie puede entrar en el Reino de Dios" (Jn 3,5).. Este baño se llama iluminación, porque “quienes reciben esta enseñanza (catequética) su espíritu es iluminado(nº 1216). Al respecto, este número añade el Verbo (es decir, Dios) es la "luz verdadera que ilumina a todo hombre".

¿Cómo se celebra el sacramento del Bautismo?

La celebración del bautismo se aborda en los números 1229 a 1245, y en el número 1278 del Catecismo de la Iglesia Católica:

  1. El número 1278 explica el rito del bautismo, por el que la persona que va a ser bautizada se sumerge en la muerte y resurrección de Cristo. Este número nos dice que "El rito esencial del Bautismo consiste en sumergir en el agua al candidato o derramar agua sobre su cabeza, pronunciando la invocación de la Santísima Trinidad, es decir, del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo". Cabe anotar que, el sacramento del bautismo prevé una iniciación: el catecumenado postbautismal para niños (nº 1231) o el catecumenado para adultos (nº 1233).
  2. La señal de la Cruz marca la huella de Cristo en el recién bautizado (nº 1235).
  3. El bautismo permite "la entrada sacramental en la vida de fe" (nº 1236).
  4. El bautismo significa la liberación del pecado (nº 1237).
  5. El bautizado es ungido con el Espíritu Santo en el santo crisma (nº 1241).
  6. La vestidura blanca simboliza que el bautizado se ha "revestido de Cristo" (nº 1243).

¿Quién puede ser bautizado?

El número 1246 del Catecismo nos da claridad al respecto, indicando que cualquier persona que aún no haya sido bautizada es "capaz de recibir el bautismo". Recordemos que, el bautismo puede ser efectuado en bebés (o niños), o en adultos, y que no hay límite de edad para ser bautizado. Al respecto, los números 1250 a 1252 del Catecismo abordan la temática del bautismo de niños, y el de adultos en los números 1247 a 1249.

¿Quién puede bautizar?

El Catecismo indica que solamente el ministro ordenado, es decir, el obispo, sacerdote o diácono, puede bautizar (número 1256). Sin embargo, hay una excepción que solo se hace "en caso de necesidad" y que permite a un bautizado (o no bautizado) poder bautizar a otra persona ( los números 1256 y 1284 hablan al respecto, pero en la práctica este término suele referirse a un peligro de muerte):

El número 1256 dice: "En caso de necesidad, cualquier persona, incluso no bautizada, puede bautizar si tiene la intención requerida y utiliza la fórmula bautismal trinitaria. La intención requerida consiste en querer hacer lo que hace la Iglesia al bautizar. La Iglesia ve la razón de esta posibilidad en la voluntad salvífica universal de Dios y en la necesidad del Bautismo para la salvación” (n° 1256).

La necesidad del bautismo

La necesidad de bautizarse se aborda de manera profunda en los números 1257 a 1261. "El Señor mismo quien afirma que el bautismo es necesario para la salvación" (nº 1257).

Al respecto, el número 1258 precisa que "quienes padecen la muerte por razón de la fe, sin haber recibido el Bautismo, son bautizados por su muerte con Cristo y por Cristo". Por su parte, el número 1259 se refiere a la salvación de los catecúmenos (adultos que se preparan para el bautismo) que mueren antes del bautismo: "A los catecúmenos que mueren antes de su Bautismo, el deseo explícito de recibir el Bautismo, unido al arrepentimiento de sus pecados y a la caridad, les asegura la salvación que no han podido recibir por el sacramento". 

Por último, el número 1261 trata un tema que es más difícil: la muerte de los niños antes de su bautismo, el cual nos recuerda la misericordia de Dios y la ternura de Jesús hacia los niños.

La gracia del bautismo

La gracia del bautismo se trata de manera detallada en los números 1262 a 1274 del Catecismo.

En concreto, podemos destacar que los dos efectos principales del bautismo son la purificación de los pecados y el nuevo nacimiento en el Espíritu Santo (nº 1262). Por lo que se refiere a la purificación de los pecados, el número 1263 afirma que por este sacramento "se perdonan todos los pecados, el pecado original y todos los pecados personales, así como todas las penas de pecado". (n° 1263).

La gracia del bautismo también produce otros efectos: la gracia santificante, que permite al bautizado creer en Dios y amarlo mediante las virtudes teologales (fe, esperanza y caridad), "vivir bajo la moción del Espíritu Santo mediante los dones del Espíritu Santo" , "crecer en las virtudes morales" (n° 1266), y recibir la marca del sello indeleble de Cristo (n° 1272), lo cual significa que el bautizado pertenece a Dios para siempre y que el bautismo no se puede eliminar.

Si nos referimos al tema del nuevo nacimiento, el número 1265 del Catecismo estipula que el bautismo hace del nacido de nuevo una "nueva creación, un hijo adoptivo de Dios". Además, "el bautismo nos hace miembros del Cuerpo de Cristo", pues nos incorpora a la Iglesia (nº 1267) y nos permite participar en el "sacerdocio de Cristo, en su misión profética y real" (nº 1268).

Cabe anotar que, cuando el bautizado se convierte en miembro de la Iglesia, este ya no se pertenece a sí mismo, sino a Cristo, muerto y resucitado (n° 1269). 

De este modo, el bautismo compromete a los bautizados en el apostolado, como dice el número 1270 del Catecismo: "Los bautizados están obligados a profesar ante los hombres la fe que han recibido de Dios por medio de la Iglesia, y a participar en la actividad apostólica y misionera del Pueblo de Dios".

¿Cuál es el fruto del bautismo?

El fruto del Bautismo, también conocido como gracia bautismal, se aborda de manera precisa en el número 1279 del Catecismo: "El fruto del Bautismo, o gracia bautismal, es una realidad rica que comprende: el perdón del pecado original y de todos los pecados personales; el nacimiento a la vida nueva, por la cual el hombre es hecho hijo adoptivo del Padre, miembro de Cristo, templo del Espíritu Santo. Por la acción misma del bautismo, el bautizado es incorporado a la Iglesia, Cuerpo de Cristo, y hecho partícipe del sacerdocio de Cristo" (n. 1279).

¿Con qué me compromete el bautismo?

El bautismo lleva implícito en sí diversos derechos y deberes.

En primer lugar, compromete a todo bautizado a vivir el triple oficio de sacerdote, profeta y rey:

  • Sacerdote, mediante la oración, la participación en la Eucaristía y los demás sacramentos
  • Profeta, anunciando el Evangelio y dando testimonio de él
  • Rey, sirviendo a los hombres y al mundo.

Para más información sobre estas tres funciones, puedes consultar este artículo.


Además, el bautismo también nos compromete a:

  • Renunciar al mal y al pecado
  • Responder al llamado universal a la santidad: Lee nuestra guía especial sobre la santidad.
  • Vivir las bienaventuranzas
  • Educar la conciencia, etc.

Para más información al respecto, puedes consultar este artículo sobre la vida cristiana.

¿Se puede renunciar al bautismo?

Una persona bautizada permanece bautizada de por vida, sin embargo, algunos bautizados pueden pedir ser "desbautizados", pero esto no es posible, ya que el bautismo es indeleble (nº 1272). Aún así, en algunos países es posible renunciar a este sacramento, y en ocasiones, las personas que lo solicitan pueden obtener la inscripción de las palabras "renunció a su bautismo" junto a su nombre en el registro parroquial, pero esto no anula en absoluto el sacramento del bautismo que han recibido.

¿Es necesario el bautismo para la salvación?

Los números 1258 a 1261 y 1281 a 1283 responden a esta pregunta:

1281 "Los que padecen la muerte a causa de la fe, los catecúmenos y todos los hombres que, bajo el impulso de la gracia, sin conocer la Iglesia, buscan sinceramente a Dios y se esfuerzan por cumplir su voluntad, pueden salvarse aunque no hayan recibido el Bautismo”.

Tengamos en cuenta que la expresión "buscan sinceramente a Dios y se esfuerzan por cumplir su voluntad, pueden salvarse aunque no hayan recibido el Bautismo" fue retomada a través del número 16 de la Lumen Gentium, la Constitución dogmática sobre la Iglesia, del Concilio Vaticano II: "quienes, ignorando sin culpa el Evangelio de Cristo y su Iglesia, buscan, no obstante, a Dios con un corazón sincero y se esfuerzan, bajo el influjo de la gracia, en cumplir con obras su voluntad, conocida mediante el juicio de la conciencia, pueden conseguir la salvación eterna"

Si analizamos el tema de la salvación a la luz de estos números del Catecismo y del Concilio Vaticano II, podemos ver la importancia de que todo bautizado "participe en la actividad apostólica y misionera del Pueblo de Dios" (nº 1270).

Por último, el número 1283 nos da indicaciones relativas a los niños muertos sin bautismo: " En cuanto a los niños muertos sin bautismo, la liturgia de la Iglesia nos invita a tener confianza en la misericordia divina y a orar por su salvación".

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